CREACION DE LA ESCUELA DE CAPACITACION PENITENCIARIA




Promulgación: 25/02/1986
Publicación: 19/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 575

CAPITULO IV - DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 17

    Local. El Poder Ejecutivo proveerá de local adecuado para el
funcionamiento de la Escuela. En tanto se otorgue el uso definitivo de un
local se realizarán los cursos que el Director considere prioritarios en
el año 1986, en alguna dependencia del Ministerio del Interior que éste
deberá proporcionar a esos efectos.
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