Visto: la gestión promovida por el Instituto Nacional de
Vitivinicultura.
Resultando: por los artículos 141 y siguientes de la ley 15.903, de
10 de noviembre de 1987 se establecen las potestades y cometidos del
Instituto Nacional de Vitivinicultura.
Considerando: que es pertinente la reglamentación de alguna de estas
facultades,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
El Instituto Nacional de Vitivinicultura, a los efectos de dar
cumplimiento a los fines establecidos en los artículos 141 y siguientes de
la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987, y dentro de las facultades que
le otorga la misma, podrá realizar todos los actos de administración y
disposición de sus bienes, pudiendo afectarlos en garantía, así como
gestionar, contratar y administrar créditos con organismos nacionales,
extranjeros e internacionales.