AUTORIZACION DE PERMANENCIA EN DOMICILIO A PERSONAS DE 65 AÑOS O MAS, COMPRENDIDAS EN EL SUBSIDIO POR ENFERMEDAD, CON EXCLUSION DE TRABAJADORES QUE REALICEN SUS TAREAS HABITUALES DESDE SU DOMICILIO. 20 DE DICIEMBRE DE 2020 AL 28 DE FEBRERO DE 2021
Todas aquellas personas que guarden el régimen de aislamiento según lo dispuesto en los artículos precedentes, tendrán derecho a percibir la prestación correspondiente al subsidio por enfermedad en la forma prevista por el Decreto Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, por el período de aislamiento.