INCORPORACION A LOS PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD Y AL CATALOGO DE PRESTACIONES DEL MSP, LA CIRUGIA TRANSORAL CON LASER PARA EL TRATAMIENTO DE TUMORES MALIGNOS DE LA VIA AERODIGESTIVA SUPERIOR (VADS) OROFARINGE, HIPOFARINGE, LARINGE Y LESIONES PREMALIGNAS




Promulgación: 21/01/2025
Publicación: 28/01/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 465/008, de 3 de octubre de 2008, Decreto N° 289/009, de 15 de junio de 2009 y demás normas complementarias;

   RESULTANDO: I) que por las mencionadas normas se aprobaron los Programas Integrales de Salud y el Catálogo de Prestaciones definidos por el Ministerio de Salud Pública, que deberán brindar a sus usuarios, los prestadores de salud que integren el Sistema Nacional Integrado de Salud y los requisitos para su aprobación;

   II) que por Ordenanza del Ministerio de Salud Pública N° 792/024, de 26 de agosto de 2024, se dispuso la creación de una Comisión Asesora para la realización de un llamado a entidades de salud públicas o privadas interesadas en desarrollar cirugía transoral con láser para el tratamiento de tumores malignos de la vía aerodigestiva superior (VADS) orofaringe, hipofaringe, laringe y lesiones consideradas premalignas;

   III) que por acta N° 13, de 8 de agosto de 2024 la Comisión Honoraria Administradora del Fondo Nacional de Recursos resolvió por unanimidad sugerir al Ministerio de Salud Pública la incorporación del tratamiento, aprobándose asimismo la normativa de cobertura;

   IV) que por Ordenanza del Ministerio de Salud Pública N° 864/024, de 18 de setiembre de 2024, se aprobaron las bases de la convocatoria elaboradas por la Comisión Asesora;

   CONSIDERANDO: I) que la Comisión Honoraria Administradora del Fondo Nacional de Recursos propone la incorporación de tratamiento;

   II) que la Dirección General de la Salud entiende pertinente incorporar dicho procedimiento a los Programas Integrales de Salud y al Catálogo de Prestaciones;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en la Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934, en la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007 y demás disposiciones complementarias y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase a los Programas Integrales de Salud y al Catálogo de Prestaciones definidos por el Ministerio de Salud Pública, la cirugía transoral con láser para el tratamiento de tumores malignos de la vía aerodigestiva superior (VADS) orofaringe, hipofaringe, laringe y lesiones consideradas premalignas, a cargo del Fondo Nacional de Recursos, de acuerdo a la normativa de cobertura dictada por la referida institución.

Artículo 2

   Comuníquese.

   LACALLE POU LUIS - KARINA RANDO - ALEJANDRO IRASTORZA
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