DECLARACION DE FERIADO NACIONAL. TRANSMISION DEL MANDO PRESIDENCIAL




Promulgación: 19/03/1985
Publicación: 29/03/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1009
Referencias a toda la norma
    Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 92/985, de fecha 26 de febrero
de 1985 por el que se declaró "Feriado Nacional no Laborable", el 1º de
marzo de 1985.

    Resultando: que dicho acto administrativo, referido a la trasmisión
del mando Presidencial, tuvo en cuenta diversos antecedentes de normas
legales y reglamentarias que declararon Feriado el día 1º de marzo, cuando
este coincidiera con la trasmisión del mando del Presidente de la
República (decreto ley 10.396, de 1943, ley 11.795, de 28 de febrero de
1952 y decreto del Poder Ejecutivo 154/972, de 25 de febrero de 1972).

    Considerando: que la declaración que por vía de interpretación de
dicha ley, edictó el decreto 154/972, en cuanto a que dicha fecha se
considera Feriado Nacional no Laborable, involucra el pago de su
remuneración a todo trabajador como si trabajara y en caso de trabajar,
doble paga, por aplicación del régimen de feriados pagados establecidos
por el artículo 18 de la ley 12.590, de 23 de diciembre de 1958.

    Por estos fundamentos,

                       El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   El Feriado Nacional no Laborable del 1º de marzo de 1985 da lugar al
pago de la remuneración a todo trabajador como si hubiera trabajado y en
caso de haberlo hecho a doble paga. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   La norma del artículo anterior se aplicará en todos los casos en que el
1º de marzo coincida con la trasmisión del mando del Presidente de la
República.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD
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