VISTO: lo dispuesto por los decretos Nº 378/997, de 10 de octubre de
1997 y Nº 481/997, de 26 de diciembre de 1997;
RESULTANDO: que por las citadas normas se encomienda al Ministerio de
Defensa Nacional la seguridad externa del Complejo Carcelario de Santiago
Vázquez; del Establecimiento de Reclusión de Libertad y de la Cárcel
Departamental de Canelones, por un lapso de tres meses;
CONSIDERANDO: que a fin de afianzar la situación de la seguridad pública
y la necesidad de atender con la mayor eficiencia posible sus
requerimientos, se hace necesario prorrogar el mantenimiento de la
situación creada por el decreto mencionado;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 1º de la Constitución
de la República; artículo 2º de la Ley Orgánica Policial (Texto Ordenado
Decreto Nº 75/72 de 10 de febrero de 1972); Ley Nº 16.170 (anexo Inciso
03) de 28 de diciembre de 1990 y artículo 5º del Decreto Nº 574/74 de 12
de julio de 1974;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: