Reglaméntase el artículo 152 de la Ley Nº 13.637 (Presupuesto Nacional de Recursos) de fecha 21 de diciembre de 1967 referente al impuesto a los fósforos, el cual será recaudado y fiscalizado por la Dirección General Impositiva (DGI), Oficina de Impuestos Internos.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículo 152.