MODIFICACION DE CARGOS Y CONTRATOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS




Promulgación: 03/05/2000
Publicación: 10/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 818
Referencias a toda la norma
VISTO: que por Decreto Nro. 3/994 del 7 de enero de 1994 se aprobó la
asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de los
funcionarios de la Administración Nacional de Puertos.

RESULTANDO: I) Que por resolución Nro. 108/3.137 de fecha 15 de marzo de
2000 el Directorio de dicha Administración y ante la gestión realizada
por el funcionario de la misma, Sr. Gustavo Scarcela, resolvió propiciar
ante el Poder Ejecutivo la transformación de 1 (un) cargo de
Administrativo II - Nivel 2 - del Renglón 1311.3 - 2311.3 - Personal
Administrativo en un cargo de Operador de Equipos I - Nivel 2 - del
Renglón 1311.4 - 2311.4 Personal Especializado Portuario.

II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al expedirse al respecto
manifiesta: a) que la Sección Planificación Presupuestaria de la
Administración Nacional de Puertos en informe de fecha 3 de febrero de
2.000, expresa: que por aplicación del Artículo 8º del Decreto Nro.
302/998 (aprobatorio del Presupuesto 1999 de la Administración Nacional
de Puertos) el Directorio puede efectuar transformaciones de cargos y
funciones que no supongan incrementos de gastos, previo informe de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a los efectos de adecuar la
estructura de cargos a las reales necesidades de la Empresa. Asimismo,
destaca que por la equivalencia en los precios de sueldo básico, el cargo
de Administrativo II - Nivel 2 - del Renglón 1311.3 - 23113, Personal
Administrativo, se corresponde con el cargo de Operador de Equipos I -
Nivel 2 - del Renglón 1311.4 - 2311.4, Personal Especializado Portuario.

b) que por lo expuesto precedentemente, se sugiere aprobar la
transformación de cargo solicitada, la que podrá ser puesta en práctica a
partir de la vigencia de la aplicación del Decreto Nro. 302/998, o sea a
partir del 1ro. de enero de 1999.

III) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, al ser consultado al respecto, es conteste con el informe de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, expresando que no existen
impedimentos jurídicos para el dictado de la resolución pertinente,
amparando el petitorio de obrados.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase el Decreto Nro. 3/994 de fecha 7 de enero de 1994, por la que
se aprobó la asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas
de los funcionarios de la Administración Nacional de Puertos y ante la
gestión formulada por el funcionario de la misma, Sr. Gustavo Scarcela,
estableciéndose que un cargo de Administrativo II - Nivel 2 - del Renglón
1311.3 - 2311.3 Personal Administrativo debe entenderse transformado en
un cargo de Operador de Equipos I - Nivel 2 - del Renglón 1311.4 - 2311.4
Personal Especializado Portuario.

Artículo 2

 Establécese que la transformación de dicho cargo se pondrá en práctica a
partir de la fecha de vigencia de aplicación del Decreto Nro. 302/998 del
28 de octubre de 1998.

Artículo 3

 Vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus efectos.

BATLLE - LUCIO CACERES
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