INCORPORACION DE UNA TARIFA POR USO DE INFRAESTRUCTURA Y ADMINISTRACION DE LA TERMINAL DE PASAJEROS DEL PUERTO DE COLONIA




Promulgación: 31/03/2011
Publicación: 12/04/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 635
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por la Administración Nacional de Puertos
tendiente a la creación de una tarifa por Uso de Infraestructura y
Administración del Terminal de Pasajeros del Puerto de Colonia.

RESULTANDO: I) Que dicha Administración por Resolución de su Directorio N°
421/3.499 de 30 de junio de 2009 propició ante el Poder Ejecutivo la
explotación directa del mencionado Terminal, gestión que culminó con el
dictado del Decreto N° 86/010 de 26 de febrero de 2010.

II) Que la fijación de esta nueva tarifa, surge de la necesidad de cubrir
los gastos asociados que conlleva la explotación directa de la Terminal
aludida, los cuales comprenden, amortización de la inversión realizada,
gastos de personal, mantenimiento y consumos de los inmuebles afectados.

III) Que en tal sentido el Directorio de la Administración Nacional de
Puertos, propicia ante el Poder Ejecutivo, incluir dentro de las Tarifas
Generales establecidas en los Decretos N°s 533/993 y 534/993 ambos de 25
de noviembre de 1993 la tarifa portuaria "1.9 - Terminal de Pasajeros
Colonia".

IV) Que se ha expedido en la órbita del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas el Departamento Letrada de la División Servicios Jurídicos, sin
formular objeciones al respecto.

V) Que asimismo consta intervención de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y Asesoría Macroeconómica del Ministerio de Economía y
Finanzas.

CONSIDERANDO: que se dispone por parte de la Administración Nacional de
Puertos de datos reales sobre rubros de gastos e ingresos que permiten
realizar los cálculos de costos, a partir de los cuales se propicia cobrar
una tarifa por pasajero embarcado en dicha Terminal de pesos uruguayos
sesenta.

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Incorpórase a los Decretos Nos. 533/993 y 534/993 ambos de 25 de noviembre de 1993, la Tarifa Portuaria propuesta por la Administración Nacional de Puertos que se identifica a continuación:

      1.9 - Terminal de Pasajeros Colonia
Unidad de liquidación               Tarifa en $
 Pasajero embarcado                     60

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos
a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO - FERNANDO LORENZO
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