Las empresas titulares de las actividades promovidas deberán presentar ante la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998 un detalle de las inversiones a efectos de establecer los bienes comprendidos en los beneficios dispuestos en el presente Decreto. A estos efectos, dicha Comisión emitirá una resolución con las inversiones promovidas. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 75/015 de 26/02/2015 artículo 1.