CAPÍTULO VII - ESTRATEGIA NACIONAL DE TELEMEDICINA
Artículo 25
(Integración).- El Comité Técnico Asesor tendrá carácter honorario. Estará integrado por tres miembros titulares y sus respectivos alternos, designados por el Poder Ejecutivo y compuesto por: i) dos representantes del Ministerio de Salud Pública, uno de los cuales la presidirá; ii) un representante de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento.