CAPÍTULO VII - ESTRATEGIA NACIONAL DE TELEMEDICINA
Artículo 26
(Cometidos).- Son cometidos del Comité Técnico Asesor: i) Proponer protocolos y guías de práctica clínica, que delimiten las especialidades médicas y no médicas que pueden ser brindadas a través de servicios de telemedicina; ii) Requerir a las instituciones de salud información respecto a la implementación y dificultades para la incorporación de los servicios de telemedicina; iii) Proponer actividades de formación destinadas al personal que trabaja en instituciones de salud sobre la implementación de los servicios de telemedicina; iv) Realizar recomendaciones al Ministerio de Salud Pública sobre normativa tendiente a la implementación y desarrollo de los servicios de telemedicina; v) Proponer una estrategia nacional para el desarrollo de los servicios de telemedicina.