REGLAMENTACION DE LA LEY 19.869, POR LA QUE SE ESTABLECIERON LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPLEMENTACION Y DESARROLLO DE LA TELEMEDICINA




Promulgación: 02/05/2024
Publicación: 15/05/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.869 de 02/04/2020.

CAPÍTULO II - SERVICIOS DE TELEMEDICINA

Artículo 7

   (Capacitación del personal de la salud).- Las instituciones previstas en el artículo 2 que brinden servicios de telemedicina, tienen el deber de capacitar al personal que intervenga en dichas prestaciones, así como dar cumplimiento a las exigencias que disponga el Ministerio de Salud Pública. Dicha capacitación deberá incluir todos los aspectos sanitarios, éticos y técnicos; los referidos al uso de tecnología necesaria para asegurar la atención de calidad, así como la seguridad y confidencialidad de la información.
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