VISTO: lo dispuesto en los artículos 27 y siguientes y 709 y siguientes
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996;
RESULTANDO: I) que en el marco de la Reforma del Estado, ha sido aprobada
la reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 012
"Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas" del Inciso
11 "Ministerio de Educación y Cultura", por Decreto del Poder Ejecutivo
Nº 63/998 de 10 de marzo de 1998;
II) que a los efectos de viabilizar el mismo, se ha presentado un
proyecto de estructura de cargos y contratos de función pública así como
el correspondiente a los requerimientos presupuestarios de créditos para
la reformulación de su estructura organizativa;
CONSIDERANDO: I) que los artículos 710 y 713 de la Ley Nº 16.736,
autorizan a modificar la estructura de cargos y contratos de función
pública de las unidades ejecutoras, a fin de adecuarla a los
requerimientos de la nueva estructura organizativa, y, conjuntamente, a
reasignar los créditos presupuestarios;
II) que el artículo 27 de la Ley Nº 16.736 crea el premio por desempeño
excelente y muy bueno consistente en una única cantidad anual
equivalente, respectivamente, al 10% y 3% de la suma de la retribución
anual nominal percibida por los funcionarios.
III) que el artículo 28 de la mencionada ley establece las fuentes de
financiamiento del premio por desempeño excelente y muy bueno.
IV) que la habilitación de los recursos requeridos permitirá aumentar la
productividad de la Administración, fortaleciendo la capacidad de su
gestión en las áreas sustantivas y en las de apoyo a éstas, sin que ello
implique un incremento en el total de las asignaciones presupuestarias,
ni en sus dotaciones de personal;
V) que la aprobación de estos proyectos, cumple con etapas previstas en
el Plan de Implantación de la estructura organizativa;
VI) que los proyectos presentados han sido analizados por el Comité
Ejecutivo para la Reforma del Estado (C.E.P.R.E.), el que ha entendido
que cumplen con los objetivos de racionalización perseguidos;
VII) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a su
aprobación.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébase la estructura de cargos y contratos de función pública de la
Unidad Ejecutora 012 "Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y
Técnicas", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura",
que consta de una foja, que figura en anexo adjunto y forma parte
integrante de este decreto. (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 128/999 de
04/05/1999.
Ver en esta norma, artículo:2.
La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el
artículo precedente y la correspondiente regularización, tendrán vigencia
a partir del 1º de enero de 1998.
Habilítense en la financiación 1.1. "Crédito Presupuesto -
Funcionamiento Rentas Generales" los siguientes créditos anuales por los
montos y en los renglones que se detallan, a valores vigentes al 31 de
diciembre de 1997, a fin de solventar la erogación que requiere el pago
del premio por desempeño.
Concepto Renglón- $
Derivado
1- Premios por desempeño 067.306 11.853
2- Cargas legales sobre servicios personales
- Aporte patronal sistema de seguridad social 111.000 2.311
- Aporte patronal al fondo nacional de vivienda 123.000 119
Total 14.283
La aplicación de esta racionalización no podrá aparejar disminución de
la remuneración asignada a los cargos o contratos de función pública, de
los cuales son titulares los funcionarios a la fecha de vigencia de este
decreto.
Las remuneraciones por todo concepto, correspondientes a los cargos y
funciones contratadas condicionados, una vez suprimidos, podrán
aplicarse, exclusivamente, a los destinos previstos en los artículos 725
y 726 de la Ley Nº 16.736.