El INAVI expenderá certificados-guía de circulación de uva, únicamente a
los viticultores que se hallen incriptos en el Registro de Empresas a que
se hace referencia en el decreto Nº 336/983, de 21 de setiembre de 1983,
así como las personas autorizadas a representarlos.
Dichos documentos, serán intransferibles pudiendo ser utilizados
únicamente para circular la uva del viticultor al que se le expidió y que
provenga del viñedo para el cual fue entregado.