PROCEDIMIENTO DE ACTUACION EN MATERIA DE CONSUMO DE ALCOHOL CANNABIS Y OTRAS DROGAS EN LUGARES Y EN OCASION DEL TRABAJO




Promulgación: 02/05/2016
Publicación: 09/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.172 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Ante un resultado positivo se suspenderá la jornada laboral del trabajador involucrado y el personal de salud actuante emitirá un informe firmado, indicando los datos del examinado, procedimiento practicado, resultado de la prueba y recomendaciones derivadas del resultado.
   El original del informe se le entregará al trabajador y una copia se remitirá a la Comisión bipartita de seguridad y salud quien deberá actuar guardando la debida reserva y confidencialidad de la información recibida.
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