Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 8
Facúltase al Ministerio de Agricultura y Pesca para autorizar una prórroga en el plazo dispuesto por el artículo 15 del decreto 192, de 16 de marzo de 1967, para la existencia de orujos y borras en las plantas destiladoras, Categoría A).