MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE UNIFORMES DEL EJERCITO




Promulgación: 19/05/1998
Publicación: 01/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 831
    VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el Comando General del
Ejército solicita se modifique el Reglamento de Uniformes del Ejército (RG
29-4), en lo referente al uso del Distintivo de los señores Inspectores de
las Armas del Ejército.-

    RESULTANDO: I) que el Reglamento de Uniformes mencionado fue aprobado
por el artículo 1ro. del Decreto 686/991 de fecha 17 de diciembre de
1991.-

     II) que dicho Reglamento fue modificado por los Decretos 371/993 de
17 de agosto de 1993, 90/994 de 1ro. de marzo de 1994, 86/995 de 20 de
febrero de 1995, 148/995 de 4 de abril de 1995, 33/996 de 6 de febrero de
1996, 331/996 de 27 de agosto de 1996, 451/996 de 26 de noviembre de 1996,
516/996 de 30 de diciembre de 1996, 362/997 de 7 de octubre de 1997 y
70/998 de 17 de marzo de 1998.-

    III) que por el artículo 2do. del Decreto 86/995 precitado, se
incorporó al Reglamento de referencia el numeral 4.8.6.2, el cual
establece que el uso del Distintivo en él dispuesto corresponde en forma
permanente, al señor Oficial Superior, que en cada una de las Armas, ocupe
el cargo de Inspector de las Armas.-

    CONSIDERANDO: la pertinencia de modificar el numeral 4.8.6.2.1,
estableciendo que el uso del Distintivo citado, corresponde en forma
permanente, al señor Oficial Superior, que en cada una de las Armas, ocupe
el cargo de Inspector del Arma, mientras se encuentre en ejercicio del
cargo.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General del Ejército y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

 Sustitúyese el numeral 4.8.6.2.1 del Reglamento de Uniformes del
Ejército (RG 29-4), aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 686/991 de
17 de diciembre de 1991, en la redacción modificativa dada por los
Decretos 371/993 de 17 de agosto de 1993, 90/994 de 1ro. de marzo de 
1994, 86/995 de 20 de febrero de 1995, 148/995 de 4 de abril de 1995, 
33/996 de 6 de febrero de 1996, 331/996 de 27 de agosto de 1996, 451/996 
de 26 de noviembre de 1996, 516/996 de 30 de diciembre de 1996, 362/997 
de 7 de octubre de 1997 y 70/998 de 17 de marzo de 1998, el cual quedará 
redactado de la siguiente manera:(*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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