VISTO: la propuesta de la firma ABN AMRO, de 27 de marzo de 2001.-
RESULTANDO: I) que por la misma se propone reabrir, hasta la suma de U$S
150:000.000,oo (ciento cincuenta millones de dólares de los Estados
Unidos de América), la emisión del Bono Global Registrado 2027, efectuada
por la República con fecha 15 de julio de 1997 por un monto de U$S
300:000.000,oo a treinta años de plazo y ampliada en 1999 por una suma
adicional de U$S 85:000.000.-
II) que el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Central del
Uruguay han examinado la oferta recibida.-
CONSIDERANDO: I) que la firma oferente es una institución de reconocido
prestigio, de fuerte presencia y participación en el mercado
internacional de capitales y con antecedentes favorables en materia de
colocación de Títulos de Deuda Pública Uruguaya.-
II) que la emisión está encuadrada dentro de las previsiones del programa
financiero para el año 2001, ofrece una nueva posibilidad de acceso al
mercado internacional de capitales y sus condiciones son favorables para
la República.-
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 602º a 610º de la Ley Nº 17.296,
de 21 de febrero de 2001 y por los Decretos Nº 153/997, de 14 de mayo de
1997, y Nº 291/999, de 15 de setiembre de 1999; y a lo informado por el
Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del
Estado.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase en hasta la suma de U$S 150:000.000 (ciento cincuenta millones
de dólares de los Estados Unidos de América) la emisión dispuesta por los
Decretos Nº 153/997, de 14 de mayo de 1997, y Nº 291/999, de 15 de
setiembre de 1999, denominada "Bono Global Registrado (1997)", en las
condiciones establecidas en la oferta referida en la parte expositiva del
presente Decreto.-