El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Encomiéndase al Ministerio de Transporte y Obras Publicas en el marco del desarrollo del sistema nacional de puertos y en coordinación con otros organismos públicos competentes en razón de materia - particularmente los Ministerios de Economía y Finanzas y de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente - impulsar y dar seguimiento al proceso que involucra el análisis de los aspectos técnicos, económicos, constructivos, medioambientales, administrativos y legales, necesarios para concretar la instalación de un puerto de aguas profundas en el Departamento de Rocha.