CREACION DEL LICEO MILITAR Nº 1 "CORONEL LORENZO LATORRE"




Promulgación: 02/01/1975
Publicación: 13/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 22
Derogada/o por: Decreto Nº 684/986 de 21/10/1986 artículo 1.
     Visto: la gestión iniciada por el Comando General del Ejército por
la que se solicita la creación del Liceo Militar Nº 1 "Coronel Lorenzo
Latorre", bajo la jurisdicción de la División de Ejército Nº 1.

     Resultando: I) Que el decreto del Poder Ejecutivo 1.474 de fecha 20
de abril de 1942, entre otras normas establece, en la Reglamentación del
Título III, "De la Instrucción", de la Ley Orgánica Militar 10.050 del 18
de setiembre de 1941, artículo 8º literal A, numeral 1º, inciso 3, que
"...funcionará en cada cabeza de Región un Liceo Militar...";

     II) Que el inciso 4 de la norma expresada en el Resultando I)
establece que "el Liceo de Montevideo dependerá de la Dirección de la
Escuela Militar".

     Considerando: I) Que por el artículo 12 del decreto del Poder
Ejecutivo 12.738 de fecha 22 de noviembre de 1948, se establece que el
hoy Liceo Militar "General Artigas" dependerá orgánicamente de lo que
actualmente es el Comando General del Ejército, si bien, inicialmente,
por decreto 9.010 del 13 de marzo de 1947 fuera creado en el marco de las
disposiciones mencionadas en los Resultandos I) y II);

     II) Que por el decreto 241 de fecha 4 de abril de 1973, en el marco
del decreto 1.474 mencionado en el Resultando I) se crearon los Liceos
Militares Nos. 2, 3 y 4, "General Rivera", "Brigadier General Oribe" y
"General Lavalleja", respectivamente, correspondientes a las Regiones
Militares Nos. 2, 3 y 4;

     III) Que por los fundamentos expuestos es procedente hacer viable la
gestión señalada en el Visto, por cuanto restaría aún hacer lugar a la
creación del Liceo Militar que de conformidad con el decreto 1.474, según
se explica en el Resultando I), correspondería a la jurisdicción de la
Región Militar Nº 1;

     IV) Que la creación de este Liceo Militar no supone la erogación de
gastos extraordinarios;

     V) Que su funcionamiento descongestionaría las actividades del Liceo
Militar "General Artigas".

     Atento: al dictamen de la Asesoría Letrada de esta Secretaría de
Estado,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 13/975 de 02/01/1975 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 13/975 de 02/01/1975 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 13/975 de 02/01/1975 artículo 3.

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