Fíjase como inicio del cómputo del plazo para el pago de la Tasa de
Control permanente de firmas y productos, la establecida oportunamente por
la resolución de la Dirección General de Servicios Ganaderos de 16 de
setiembre de 1997.-
A tales efectos, establécese un órden alfabético de acuerdo al primer
nombre de la razón social de la empresa.-
Letras A a F - Vencimiento tasa de control permanente 10/10/98.
G a R - Vencimiento tasa de control permanente 31/10/98.
S al final - Vencimiento tasa de control permanente 21/11/98.