Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de proceder a la apertura de los créditos
establecidos para el año 1987 por la ley 15.809 del 8 de abril de 1986.
Resultando: I) Que por ley 15.809 del 8 de abril de 1986 se fijaron
los créditos correspondientes a cada programa del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas en forma global para las inversiones del año 1987;
II) Que la referida norma prevé como fuentes de financiamiento Rentas
Generales, Fondo de Inversiones del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas (FIMTOP) y endeudamiento externo;
III) Que las asignaciones establecidas en la ley 15.809 se ajustarán
por el coeficiente 1,601145 correspondiente a enero de 1987.
Considerando: La necesidad de cumplir con las obras contempladas en
el Presupuesto Nacional y los porcentajes de financiamiento con
endeudamiento externo previstos en los Préstamos vigentes con el BID el
BIRF y FONOPLATA.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
que el Tribunal de Cuentas de la República no formula observaciones,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la apertura programática que se detalla en los anexos
de este decreto por un importe de N$ 17.868.583.000 (nuevos pesos diecisiete mil ochocientos sesenta y ocho millones quinientos ochenta y tres mil) con el siguiente financiamiento: FIMTOP por N$ 11.310:220.000 (nuevos pesos once mil trescientos diez millones doscientos veinte mil). Rentas Generales por N$ 1.632:722.000 (nuevos pesos mil seiscientos treinta y dos millones setecientos veintidós mil). Endeudamientos por N$
4.925:641.000 (nuevos pesos cuatro mil novecientos veinticinco millones
seiscientos cuarenta y un mil).
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 130/987 de
18/03/1987.