CEREALES. ELABORACION DE HARINAS DE TRIGO ENRIQUECIDAS CON VITAMINAS Y MINERALES




Promulgación: 04/05/2006
Publicación: 09/05/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 871

ROTULACION

Artículo 14

 Se autoriza la comercialización en el país de harinas de trigo no
enriquecidas destinadas a la elaboración de alimentos para exportación,
alimentos de uso medicinal o de alimentos donde la presencia de estos
nutrimentos provoque interferencias alterantes de la calidad del producto
siempre que en los rótulos de los envases de estas harinas se incluya una
leyenda destacada en su cara principal donde se indique alguna de estas
condiciones: "PRODUCTO EXCLUSIVO PARA EXPORTACION" o "PRODUCTO EXCLUSIVO
PARA..... (nombre de la empresa destinataria)".
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