REGLAMENTACION DEL ART. 90 DE LA LEY 19.121, RELATIVO A LA CONTRATACION BAJO EL REGIMEN DE PROVISORIATO




Promulgación: 19/05/2014
Publicación: 23/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 972
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículo 90 Derogada/o.

Artículo 7

 El personal en régimen de provisoriato deberá recibir inducción en
relación a los objetivos institucionales y la estructura administrativa de
la entidad, la organización estatal uruguaya, los cometidos y funciones
del Estado y respecto de los derechos y obligaciones, régimen
disciplinario, régimen retributivo, carrera administrativa y ética pública
del funcionario.

El programa de Inducción Institucional sera confeccionado por la Escuela
Nacional de Administración Pública dependiente de la Oficina Nacional del
Servicio Civil.
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