El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 32
(Procedimiento de validación). Los interesados en solicitar la validación de cursos de Capacitación y/o Formación en Cuidados conforme lo dispuesto por el artículo 29 de este Decreto, deberán presentar la documentación acreditante en la forma que disponga la Comisión de Validación de Capacitación y/o Formación en Cuidados. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 282/019 de 23/09/2019 artículo 2.