El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 11-BIS
Declárese que los informes previstos en los literales a) y b) de los artículo 11 y 12 del Decreto N° 130/017, de 15 de mayo de 2017, podrán ser realizados por la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, creada por el artículo 407 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y de conformidad a lo dispuesto en el literal c) del artículo 419 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 171/023 de 12/06/2023 artículo 5.