TASA DE LEGALIZACIONES DE DOCUMENTOS




Promulgación: 03/04/1984
Publicación: 24/04/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 586

Artículo 2

 Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Inspección
General de Hacienda y a la Contaduría General de la Nación, y pase a la
Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura a
sus efectos.
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