Derogada/o por: Decreto Nº 311/001 de 08/08/2001 artículo 1.
Visto: el expediente cursado por el Consejo de Derechos de Autor,
determinando la necesidad de establecer mecanismos de control de
legalidad respecto del ingreso al país de material fonográfico;
Considerando: que tal situación se compadece con los principios que
informan al derecho de autor y la normativa prevista en la Ley Nº 9739
del 17 de diciembre de 1937 y su Decreto reglamentario del 21 de abril
de 1938, así como en el Convenio de Berna para la protección de las Obras
Literarias y Artísticas (Acta de París 1971), ratificado por el Decreto
Ley Nº 14.910;
El Presidente de la República
DECRETA: