Libérase del pago de derechos de importación y adicionales de recargos,
incluso del recargo mínimo, de depósitos previos, de consignaciones,
del impuesto a las importaciones y de derechos consulares, etc., la
importación de hasta 1.000 toneladas de avena en grano, apta para
industrializar, con destino al consumo humano, procedente de la
República Argentina.