Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 8
El Departamento de Personal del Frigorífico Nacional notificará al funcionario comprendido en este decreto dentro de las 48 horas de recibida la respectiva comunicación, debiendo expedir certificación de dicho acto, la cual será presentada por el funcionario en el Organismo en el cual se incorpora.