Fíjanse las tarifas de animales porcinos y otros productos que expende el Centro de Investigación en Animales de la Granja. Derógase el Decreto Nº 364/973 en lo pertinente a lechones, cachorros, cerdos adultos, segundo uso, rotas y abono. Determínase que la tarifa de la madera se fija de acuerdo al Decreto Nº 1.088/973 para la Dirección Forestal, Parques y Fauna.