En la planta física donde funcione la Sede Secundaria, deberá evitarse
todo elemento visual que lleve a confusión al usuario respecto del efector
del cual requiere asistencia, debiendo contar con cartelería exterior que
identifique claramente a los prestadores del Servicio. En toda
circunstancia, el personal de la Sede Secundaria deberá estar identificado
con el efector para el que presta funciones.