FIJACION DE PLAZO PARA IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES




Promulgación: 05/03/1980
Publicación: 18/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 435

Artículo 2

   Dicho plazo regirá exclusivamente para los expedientes en trámite
existentes en la Dirección Nacional de Aduanas al 15 de febrero de 1980,
que a dicha fecha -y no después- hubieran acreditado el cumplimiento de
los requisitos exigidos para regularizar la situación de los vehículos
ingresados al país al amparo de las disposiciones de la ley 14.594, de 5
de noviembre de 1976, decreto 75/977, de 8 de febrero de 1977 y Circulares
del Ministerio de Economía y Finanzas y del Interior de fechas 15 de marzo
y 22 de marzo de 1977.
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