FIJACION DE PLAZO PARA IMPORTACION DEFINITIVA DE VEHICULOS AUTOMOTORES




Promulgación: 05/03/1980
Publicación: 18/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 435

Artículo 3

   La justificación del cumplimiento de los requisitos de las normas
jurídicas citadas más arriba, podrá hacerse en el plazo comprendido
entre el 15 de febrero y el 31 de diciembre de 1980, pero las probanzas
para acreditar dichos requisitos tienen que estar presentadas con
anterioridad al 15 de febrero de 1980.
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