RADIODIFUSION. SUSPENSION DE TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE FRECUENCIAS RADIOELECTRICAS




Promulgación: 19/03/2009
Publicación: 31/03/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 665
VISTO: la multiplicidad de solicitudes de autorización para proceder a la
transferencia de titularidad de las frecuencias radioeléctricas destinadas
a los servicios de radiodifusión;

RESULTANDO: I) que el espectro radioeléctrico es un patrimonio común de la
humanidad sujeto a la administración de los Estados, que a dichos efectos
deben establecer y delinear políticas públicas en materia de
telecomunicaciones;

II) que, con miras a una más ponderada y racional utilización del espectro
radioeléctrico, que redunde en un beneficio a la comunidad, se está
estudiando una reformulación del marco regulatorio de la titularidad y la
transferencia de las frecuencias radioeléctricas destinadas a los
servicios de radiodifusión;

CONSIDERANDO: que a fin de abocarse a la tarea referida ut supra, se hace
necesario suspender, por un plazo de 90 días, la tramitación de las
referidas solicitudes, cuya autorización recae en el Poder Ejecutivo en
virtud de lo dispuesto por el artículo 15 del Decreto Nº 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, reglamentario de la Ley de Radiodifusión (Nº 14.670 de
23 de junio de 1977);

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Suspéndese por un plazo de 90 días la tramitación de las solicitudes de
autorización para proceder a la transferencia de titularidad de las
frecuencias radioeléctricas destinadas a los servicios de radiodifusión,
actuales o entrantes.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

RODOLFO NIN NOVOA - DANIEL MARTINEZ
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