Las contrataciones que se realicen bajo el régimen del artículo 22 del
Decreto-Ley N° 14.189 de 30 de abril de 1974, deberán regirse por las
previsiones del Decreto 114/010 de 12 de abril de 2010 y están exceptuadas
de lo establecido en el artículo 1° de este Decreto.