Encomiéndase a la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua
(URSEA) realizar anualmente el cálculo de los cargos de Subtransmisión de
acuerdo a la metodología indicada en el Anexo I y modificativas, y elevar, previa opinión de UTE la propuesta a consideración del Poder Ejecutivo.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 138/012 de
24/04/2012.