DECLARACION DEL "DIA DEL BUZO TACTICO" Y MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO DEL EJERCITO




Promulgación: 20/05/2019
Publicación: 27/05/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército solicita se declare como "Día del Buzo Táctico", el 2 de febrero y se incluya dicho día en el numeral 4.3.4.1 del Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército (R.G. 29-2), aprobado por el Decreto 339/003 de 19 de agosto de 2003, a los efectos de su conmemoración.

   RESULTANDO: que en la mencionada fecha se recibieron los primeros Buzos Tácticos, denominados en ese momento como Nadadores de Combate, no coincidiendo la misma, con el aniversario de otra Repartición del Ejército Nacional.

   CONSIDERANDO: que es interés de dicha Fuerza, el reconocimiento y oficialización del "Día del Buzo Táctico", especialidad que se desarrolla desde hace 36 años.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Jurídico-Notarial del Estado Mayor del Ejército y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.
        
                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declarar el 02 de febrero como el "Día del Buzo Táctico".

Artículo 2

   Incorporar al numeral 4.3.4.1 del Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército (R.G. 29-2), aprobado por el Decreto 339/003 de 19 de agosto de 2003, como inciso final, lo siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese. Cumplido, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JOSÉ BAYARDI
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