Las ofertas que presenten dichas sociedades, en el marco de procesos
competitivos de contratación o contrataciones directas, sea ante la
Administración Central, los Entes Autónomos o Servicios Descentralizados,
deberán ser acompañados del certificado notarial correspondiente que
acredite la capacidad del Administrador, o quien haga sus veces, en
relación a la sociedad, entendiéndose que su obrar, al momento de
presentar la oferta así como al contratar, obliga a la comunidad,
compromete sus bienes y afecta la responsabilidad solidaria de los socios,
de conformidad con las normas citadas (artículos 1901, 1918 y ss.)