CAPÍTULO IX - DEL PATRIMONIO, LOS RECURSOS Y EL PRESUPUESTO
Artículo 25
(Créditos Presupuestales) El Inciso 35 "Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente" contará con los créditos presupuestales correspondientes a remuneraciones, a gastos de funcionamiento y a gastos de inversión, pertenecientes al Programa 461 del Inciso 27, que se detallan en anexo adjunto a este decreto y que forma parte del mismo, expresados a valores vigentes al 31 de diciembre de 2018, sin perjuicio de los créditos autorizados por la Ley N° 19.670 de 15 de octubre de 2018.
Autorizase a la Contaduría General de la Nación para realizar las modificaciones operativas que correspondan a efectos de la aplicación de lo dispuesto en este artículo.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 14/019 de
07/01/2019.