INCORPORACION DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS EN COMISION A LOS ORGANISMOS ESTATALES DE DESTINO




Promulgación: 17/04/2007
Publicación: 26/04/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 616

Artículo 5

 Los funcionarios comprendidos en el artículo 1º del presente Decreto, que al 1º de abril de 2007 no hubieren formulado la opción de incorporación al organismo de destino, cesarán de pleno derecho en la comisión que venían desempeñando, debiendo reintegrarse a su organismo de origen el día hábil inmediato siguiente.
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