EXHORTACION A OSE, A EXONERAR EL CARGO FIJO EN EL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO, A LOS COMERCIOS MINORISTAS DE BIENES Y SERVICIOS, UBICADOS EN UN DEPARTAMENTO FRONTERIZO CON LA REPUBLICA ARGENTINA




Promulgación: 15/05/2023
Publicación: 17/05/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   No quedan incluidos en la exhortación el comercio de vehículos automotores y motocicletas, ni los servicios de transporte y los prestados por Instituciones reguladas por el Banco Central del Uruguay, así como todo otro servicio que, por su naturaleza, no se encuentre en competencia con los prestados en la República Argentina.
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