TITULO I - PROCEDIMIENTOS CAPITULO II - DETERMINACION DE LA EXISTENCIA DE DUMPING SECCION II - PRECIO DE EXPORTACION
Artículo 13
El precio de exportación será el precio efectivamente pagado o por pagar
por el producto exportado al Uruguay, neto de impuestos, descuentos y
reducciones efectivamente concedidas y directamente relacionadas con las
ventas de que se trate.