TITULO I - PROCEDIMIENTOS CAPITULO V - PROCEDIMIENTO DE LA INVESTIGACION SECCION V - COMPROMISOS RELATIVOS A LOS PRECIOS
Artículo 72
La resolución interministerial que acepte el compromiso y contenga la
decisión de continuar o suspender el procedimiento, será notificada a las
partes interesadas comparecientes en la investigación y publicada en el
Diario Oficial.