APLICACION DERECHOS ANTIDUMPING - IMPORTACIONES




Promulgación: 23/04/1996
Publicación: 08/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 893
Referencias a toda la norma

TITULO I - PROCEDIMIENTOS
CAPITULO V - PROCEDIMIENTO DE LA INVESTIGACION
SECCION V - COMPROMISOS RELATIVOS A LOS PRECIOS

Artículo 73

  Aún cuando se acepte un compromiso, la investigación sobre la existencia
de dumping y daño deberá proseguir, cuando el exportador lo solicite o lo
resuelvan los Ministerios a que se refiere el artículo 2º literal b).
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