TRANSPORTE TERRESTRE




Promulgación: 08/04/1983
Publicación: 23/05/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 535
Derogada/o por: Decreto Nº 228/991 Derogada/o de 25/04/1991 artículo 1.
Referencias a toda la norma
   Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, relativa a la modificación de las normas
que rigen para la concesión de servicios de transporte nacional e
internacional colectivo de pasajeros.

   Resultando: I) Que el ordenamiento vigente desde hace varios años ha
puesto de manifiesto la necesidad de introducir modificaciones y nuevas
normas que suplan carencias que dificultan la tramitación de los
respectivos expedientes, con los consiguientes inconvenientes que ello
trae aparejado tanto para la Administración como para los beneficiarios
del servicio;

   II) Que a tales efectos la Dirección Nacional de Transporte ha
procedido a elaborar un proyecto de Reglamento para la Concesión de
Servicios Regulares de Transporte de Pasajeros por Carretera, que somete a
aprobación superior, en el que define adecuadamente las distintas clases
de líneas y categorías de servicios y regula los requisitos y trámites de
la concesión de los mismos, así como establece apropiadas garantías para
el mejor cumplimiento de las obligaciones que deben asumir los
concesionarios.

   Considerando: conveniente aprobar dicho reglamento, basado en la
experiencia recogida durante los últimos años, lo que se estima redundará
en una mayor eficiencia de la referida actividad.

   Atento: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4 de la Constitución
de la República, artículo 5º literal d) del Acto Institucional Nº 3 de 1º
de setiembre de 1976 y artículo 7º del decreto 574/974, de 12 de julio de
1974,

                      El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 143/983 de 08/04/1983 artículo 1.
Referencias al artículo

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 143/983 de 08/04/1983 artículo 2.
Referencias al artículo

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 143/983 de 08/04/1983 artículo 3.

ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - YAMANDU TRINIDAD - HEBERT ARBUET VIGNALI - JUAN A. CHIARINO ROSSI
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