Prorrógase por sesenta días, la exoneración prevista por el artículo 1
del Decreto Nº 37/966 de fecha 27 de enero de 1966, del impuesto creado
por el artículo 70 de la Ley Nº 13.420 de fecha 2 de diciembre de 1965, sobre las importaciones de bienes destinados al giro de las empresas periodísticas.