FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 27 PRODUCTOS QUIMICOS PINTURAS Y PERFUMES. SUBGRUPO INCISO D FABRICAS DE PERFUMES ARTICULOS DE TOCADOR Y AFINES




Promulgación: 18/03/1987
Publicación: 23/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

   Establécese que los precios de los bienes y/o servicios de la actividad
privada no podrán ser incrementados en más del 17% de la incidencia de los
salarios en la estructura de costos de cada empresa por concepto del
incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.
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