FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 27 PRODUCTOS QUIMICOS
PINTURAS Y PERFUMES. SUBGRUPO INCISO D FABRICAS DE PERFUMES ARTICULOS DE TOCADOR Y AFINES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 8
Establécese que los precios de los bienes y/o servicios de la actividad
privada no podrán ser incrementados en más del 17% de la incidencia de los
salarios en la estructura de costos de cada empresa por concepto del
incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.