GASTOS DE PARTIDA DE ETIQUETA. CONSULADO DE LA REPUBLICA EN PARAGUAY




Promulgación: 23/03/2009
Publicación: 01/04/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 706
Derogada/o por: Decreto Nº 255/020 de 18/09/2020 artículo 3.
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo del 27 de febrero de 1996, por el
cual se fijan las asignaciones trimestrales para el cálculo de las
Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones
Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República;

RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 680/2008 de fecha 29
de diciembre de 2008 se establece el Consulado General de la República con
sede en la ciudad de Asunción, República del Paraguay;

CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos
de Etiqueta para el Consulado General de la República en Asunción,
República del Paraguay, en $ 0,70;

ATENTO: a lo establecido por el artículo 235 de la Ley 16.736 de 5 de
enero de 1996;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 144/009 de 23/03/2009 artículo 1.

RODOLFO NIN NOVOA - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA
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